RESTRICCIÓN AL PORTE DE ARMAS EN COLOMBIA.
El Decreto 2632 del 24 de diciembre de 2018 es claro en su artículo 1, en la suspensión general de los permisos para el porte de armas, por lo que el único documento válido actualmente es el permiso especial de tipo regional o nacional.
DECRETO 2362 DEL 24 DE DICIEMBRE DE 2018
Por el cual se adoptan medidas para la suspensión general de permisos para el porte de armas de fuego.
ARTÍCULO 1. Las autoridades militares de que trata el artículo 32 del Decreto Ley 2535 de 1993, en concordancia con el artículo 10 de la ley 1119 de 2006, adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el territorio nacional, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019.
El Decreto 1556 de 24 de diciembre de 2024 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 el Decreto 2362 del 24 de diciembre de 2018.
DECRETO 1556 DEL 24 DE DICIEMBRE DE 2024
ARTÍCULO 1. PRÓRROGA MEDIDA SUSPENSIÓN. Prorrogar las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional, en los términos y condiciones contenidas en el Decreto 2362 del 24 de diciembre de 2018. En consecuencia las autoridades militares de que trata el artículo 32 del Decreto ley 2535 de 1993, en concordancia con el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006, adoptarán las medidas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025.
* Tomado de documento original, subrayado fuera del texto.